Prorrogan feria fiscal y suspensión de exclusión del Monotributo

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) convalidó la prórroga de la feria fiscal hasta el 10 de mayo próximo, y también extendió hasta esa fecha la suspensión de las exclusiones del Monotributo, a través de las resoluciones generales 4703 y 4704/2020 publicadas en Boletín Oficial.

La primera precisó que al extender la feria fiscal no podrán hacerse determinaciones de oficio, sumarios, multas, descargos, clausuras, intimaciones de pago y requerimientos de fiscalización, según precisó la dependencia oficial.

De esta manera, la AFIP prorrogó la vigencia de la feria fijada anteriormente, en línea con la vigencia del aislamiento social preventivo y obligatorio, extendido por el Gobierno nacional.

Vale aclarar que la decisión no implica ninguna modificación ni prórroga sobre los vencimientos de impuestos, sino que la feria fiscal consiste en la extensión de todos los plazos procedimentales en materia impositiva, aduanera y de la seguridad social.

En la segunda resolución, y con el objetivo de amortiguar los efectos del aislamiento social preventivo y obligatorio sobre los pequeños contribuyentes, la AFIP dispuso la suspensión de las exclusiones de monotributistas correspondientes a abril.

El organismo también estableció que ningún monotributista será dado de baja de oficio del régimen por falta de pago de sus obligaciones durante abril.

El Banco Central prorroga la suspensión de actuaciones sumariales

Por su parte, el Banco Central extendió hasta el 10 de mayo la suspensión de actuaciones sumariales, cambiarias y financieras instruidas en los términos de las leyes del Régimen Penal Cambiario y de Entidades Financieras, respectivamente, en el marco de la extensión de la cuarentena por coronavirus.

La medida se adoptó “sin perjuicio de la validez de los actos procesales que se cumplan en dicho período, por no ser necesaria en ellos la intervención de los encausados”, según se indicó.

La nueva resolución 176/2020 del BCRA, aclaró un comunicado, declara inhábiles los días desde el 27 de abril hasta el 10 de mayo inclusive para este tipo de actuaciones.

FUENTE: FEDECOM