Ganancias: cómo hay que liquidar el medio aguinaldo de junio

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) aclaró a los agentes de retención, cómo liquidar el medio aguinaldo de junio, ante la decisión de los legisladores nacionales de incluir una exención para algunos de los asalariados en la mega ley para subir jubilaciones, establecer el blanqueo, una nueva moratoria y otros beneficios fiscales.

La iniciativa beneficiaría a aquellos contribuyentes que cumplieron con sus obligaciones los últimos dos años y no tendrán que tributar Bienes Personales durante el ejercicio 2016 (el mínimo no imponible se elevará, en la misma norma, a 800 mil pesos de patrimonio).

La AFIP señaló que los empleadores deberán aplicar al medio aguinaldo de junio, que se está liquidando en los próximos días, las mismas retenciones del Impuesto a las Ganancias hasta que se modifique la ley.

«Te aclaramos que el aguinaldo (SAC) de junio está alcanzado por el Impuesto a las Ganancias en las mismas condiciones, hasta que sea aprobada la ley que trata estas modificaciones”, explica el organismo en su página web.

Los funcionarios habían explicado que se devolverá con posterioridad, en caso de que corresponda, y una vez que se reglamente la ley (luego que la apruebe el Congreso).

 

Anticipos. Además, remarcó que también se mantienen las condiciones respecto al primer anticipo correspondiente al impuesto sobre los Bienes Personales (vence esta semana). Por lo que, a quien le corresponda debe pagarlo.

«En ambos casos, cuando se apruebe la ley que se encuentra en debate legislativo, te diremos los mecanismos de devolución y compensación que correspondan”, dijo la AFIP.

De esta manera, se adelantó que habrá un trámite especial para pedir ese reintegro.

Cabe recordar que hubo un incremento en el monto mínimo de anticipos para 2016: se deben pagar si el monto es igual o superior a $1.000, tanto para Bienes Personales como para Ganancias.

 

FUENTE: Consejo Profesional de Ciencias Económicas.-