El Ministerio de Trabajo de Córdoba anunció una prórroga para la carga de Trabajadores

La Resolución 136/2015 emitida por el Sr. Ministro de Trabajo de la Provincia de Córdoba, Don Adrián Jesús Brito con fecha 21 de mayo de 2015 y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia el 22 de Mayo de 2015, prevé una prórroga para la carga de Trabajadores, y amplia plazo de las presentaciones de Libros Manuales y Hojas Móviles previstas en la Res. 04/2015, todo detallado en el Anexo I de la siguiente forma:

ANEXO I

CRONOGRAMA DE VENCIMIENTO: PRORROGA

Art. 1: Carga de Trabajadores: Todos los empleadores de la Provincia de Córdoba, deberán efectuar la carga de trabajadores que posean en esta provincia, antes del 19 de Junio de 2015. A los fines de acreditar su cumplimiento se deberá exhibir la Constancia de Carga Trabajadores, obligación que se suma a la Constancia de Empadronamiento, para efectuar cualquier tipo de trámite y audiencias ante el Ministerio de Trabajo de Córdoba.

Art. 2: Presentación prevista en Ventanilla/Barandilla Física (Libro Manual):
a) Para todos los empleadores que usen Libros Sueldos Manuales se aplica el siguiente cronograma de vencimiento:

CUIT DETALLE PRESENTACIONES Vencimiento
Todos los CUIT Abril/2015 (reporte Libro Manual) 19 de Junio 2015
Todos los CUIT Mayo/2015 (reporte Libro Manual) 30 de Junio 2015

 

A partir del mes de Mayo/2015 las presentaciones para todos los CUIT de estos casos, operan por mes, y a mes vencido, considerando a los fines del vencimiento el último día calendario de cada mes, más dos primeras horas (con cargo de hora) del día hábil siguiente.-

Art. 3: Presentación prevista en Ventanilla/Barandilla Digital (Hojas Móviles):
a) Para todos los empleadores con 6 (seis) o más trabajadores se aplica el siguiente cronograma de vencimiento:

CUIT DETALLE PRESENTACIONES Vencimiento
0, 1 y 2 (Saldo) Febrero/2015 y Marzo/2015: puede presentarse en formato papel. (quienes tengan firma digital puede usar el formato digital). 31 de Mayo 2015
3, 4 y 5 (Saldo) Marzo/2015: puede presentarse en formato papel o digital. (quienes tengan firma digital pueden usar el formato digital). 31 de Mayo 2015
Todos los CUIT Abril/2015 (digital) 19 de Junio 2015
Todos los CUIT Mayo/2015 (digital) 30 de Junio 2015

 

A partir del mes de Mayo/2015 las presentaciones para todos los CUIT de estos casos,  operan por mes, y a mes vencido, considerando a los fines del vencimiento el último día calendario de cada mes.
b) Para todos los empleadores con 5 (cinco) y 4 (cuatro) trabajadores se aplica el siguiente cronograma de vencimiento:

CUIT DETALLE PRESENTACIONES Vencimiento
0, 1 y 2 (Saldo) Febrero/2015 y Marzo/2015: puede presentarse en formato papel. (quienes tengan firma digital pueden usar el formato digital). 31 de Mayo 2015
3, 4 y 5 (Saldo) Marzo/2015: puede presentarse en formato papel. (quienes tengan firma digital pueden usar el formato digital). 31 de Mayo 2015
Todos los CUIT Abril/2015 (digital)  3 de Julio 2015
Todos los CUIT Mayo/2015 (digital) 3  de Julio 2015
Todos los CUIT Junio/2015 (digital) 31  de Julio 2015

 

A partir del mes de Junio/2015 las presentaciones para todos los CUIT de estos casos, operan por mes, y a mes vencido, considerando a los fines del vencimiento el último día calendario de cada mes.
c) Para todos los empleadores con 3 (tres) y 2 (dos) trabajadores se aplica el siguiente cronograma de vencimiento:

CUIT DETALLE PRESENTACIONES Vencimiento
0, 1 y 2 (Saldo) Febrero/2015 y Marzo/2015: puede presentarse en formato papel. (quienes tengan firma digital pueden usar el formato digital). 31 de Mayo 2015
3, 4 y 5 (Saldo) Marzo/2015: puede presentarse en formato papel. (quienes tengan firma digital pueden usar el formato digital). 31 de Mayo 2015
Todos los CUIT Abril/2015 (digital)  7 de Agosto 2015
Todos los CUIT Mayo/2015 (digital) 7 de Agosto 2015
Todos los CUIT Junio/2015 (digital) 7  de Agosto 2015
Todos los CUIT Julio/2015 (digital) 31  de Agosto 2015

 

A partir del mes de Julio/2015 las presentaciones de todos los CUIT de estos casos, operan por mes, y a mes vencido, considerando a los fines del vencimiento el último día calendario de cada mes.
d) Para todos los empleadores con 1 (un) trabajador se aplica el siguiente cronograma de vencimiento:

CUIT DETALLE PRESENTACIONES Vencimiento
0, 1 y 2 (Saldo) Febrero/2015 y Marzo/2015: puede presentarse en formato papel. (quienes tengan firma digital pueden usar el formato digital). 31 de Mayo 2015
3, 4 y 5 (Saldo) Marzo/2015: puede presentarse en formato papel. (quienes tengan firma digital pueden usar el formato digital). 31 de Mayo 2015
Todos los CUIT Abril/2015 (digital)  4 de Septiembre 2015
Todos los CUIT Mayo/2015 (digital) 4 de Septiembre 2015
Todos los CUIT Junio/2015 (digital) 4 de Septiembre 2015
Todos los CUIT Julio/2015 (digital) 4 de Septiembre 2015
Todos los CUIT Agosto/2015 (digital) 30  de Septiembre 2015

 

A partir del mes de Agosto/2015 las presentaciones de todos los CUIT de estos casos,  operan por mes, y a mes vencido, considerando a los fines del vencimiento el último día calendario de cada mes.
Todos los CUIT de los casos a), b), c) y d) del presente artículo, acoplan sus presentaciones de Libro Hojas Móviles,  para cumplir con las presentaciones en forma mensual, y a mes vencido a partir del  período Agosto/2015 en adelante.

Art. 4: De las sanciones: El aplicativo doclaboral.cba.gov.ar del “Sistema Provincial de Registro y Administración de Rúbrica de Libros y Documentación Laboral” efectuará reportes transcurrido los plazos establecidos en el presente Anexo y Res. 04/2015 en lo que respecta al Empadronamiento. Los reportes serán enviados al área de Inspección Laboral. Todo Empleador en el cual se verifique el incumplimiento de las resoluciones ministeriales vigentes, pasará al “Registro de Infractores” del Ministerio de Trabajo de Córdoba.

Para ver texto completo de la publicación acceda a
http://boletinoficial.cba.gov.ar/wp-content/4p96humuzp/2015/05/220515_BOcba_1shB54eZ.pdf