Eliminan retención a micro comercios que reciban débito

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) implementó otro incentivo para que los comercios más chicos reciban la tarjeta de débito para que los clientes alcanzados puedan obtener la devolución del 15% del IVA en las compras.

Se trata del reintegro del Impuesto al Valor Agregado (IVA) establecido por la Ley N° 27.253 que alcanza a los beneficiarios de asignaciones universales por hijo o jubilados y pensionados que cobren el haber mínimo.

A los comercios categorizados como microempresas (hasta $ 9 millones de facturación anual) que reciban tarjeta de débito, por estas operatorias en concreto, la AFIP no exigirá que las entidades que administran los plásticos les realicen la retención de IVA y Ganancias, dispuestos por las Resoluciones General N° 3.311/91 y N° 140 y sus respectivas modificatorias.

La medida se estableció a través de la Resolución General 3924, publicada en el Boletín Oficial.

La norma señala que las empresas que realicen las operaciones mencionadas anteriormente deberán exhibir ante el agente de retención respectivo, la constancia de la categorización como Micro Empresa emitida por la Secretaría de Emprendedores y Pequeña y Mediana Empresa del Ministerio de Producción.

Vigencia. Desde el 8 de agosto de 2016.

FUENTE: Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Córdoba.