Lanzan Plan de «Transparencia» para que bajen los precios de lo que se venda en una sola cuota

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Lanzan plan de «transparencia» para que bajen los precios
de lo que se venda en una sola cuota

El ministro de la Producción, Francisco Cabrera, anunció el martes 24 de enero la obligatoriedad para los establecimientos comerciales de diferenciar claramente el precio de los productos según estos se abonen de contado o en cuotas, y explicitar el costo financiero total de la operación.
En una conferencia de prensa que ofreció en la Casa de Gobierno, junto con el secretario de Comercio, Miguel Braun, el
ministro señaló que la medida “tiene por objeto dar una mayor transparencia a los precios, incentivar el consumo que en
Argentina es muy importante porque representa alrededor del 80% del PBI, y generar competencia”.
Precisó que en un marco en el que se prevé una baja de la inflación para este año, que “durante el último semestre fue
acumulada de 9% y anualizada de 18%, creemos que hay que trabajar sobre la opacidad de los precios y eso hay que
corregirlo, sobre todo en el ocultamiento del costo de financiamiento que tienen los precios en cuotas”.
Cabrera explicó que a partir del primero de febrero los comercios “deberán exhibir el costo financiero total de los precios en cuotas”, y que se considerará “pago al contado” el efectuado con “efectivo, débito o crédito en un pago y otros medios de pago electrónicos”.
Asimismo, anticipó que los planes “Ahora 12” y “Ahora 18” se mantendrán “sin cambios y también deberán exhibir al cliente
el costo financiero total”.
La Resolución 51- E publicada hoy 25 en el Boletín Oficial, sustituye el Artículo 4° de la Resolución 7 del 3 de junio de 2002 de la ex Secretaría de la Competencia, la Desregulación y Defensa del Consumidor, por el siguiente: «Cuando los precios se
exhiban financiados deberá indicarse el precio de contado, el precio total financiado, el anticipo si lo hubiere, la cantidad y monto de cada una de las cuotas, la tasa de interés efectiva anual aplicada y el costo financiero total».
También se establece que «quienes comercialicen productos y/o servicios bajo la modalidad de venta financiada en cuotas no podrán incluir en sus anuncios, publicidades o mensajes, bajo cualquier forma de difusión (oral o escrita, radial, televisiva o por internet, entre otras) la frase «sin interés» (o cualquier otra similar), cuando el costo de financiación del producto o servicio sea trasladado al precio de venta al consumidor».
«Se entenderá que el costo de financiación ha sido trasladado al precio de venta al consumidor cuando el comerciante deba abonar el costo de la financiación a algún proveedor de servicios financieros de forma directa, o a través de un descuento en la liquidación de la venta», señala la normativa.
La información del costo financiero total de la operación deberá colocarse en una ubicación contigua al resto de las variables
informadas, en una tipografía en color destacado de idéntica fuente y tamaño al menos cinco veces mayor –conservando
todas las proporciones de espesor de trazos, alto y ancho– al que se utilice para informar la tasa de interés efectiva anual
aplicada y/o la cantidad de cuotas y/o su importe.
Se establece además que «las entidades bancarias, financieras y emisoras de tarjetas de crédito, compra o débito, así como las administradoras de las mismas, serán responsables del cumplimento de las normas vigentes en materia de exhibición e información de precios, cuando realicen o participen en forma conjunta en el ofrecimiento, promoción o en las acciones publicitarias de productos y/o servicios ofrecidos bajo la modalidad de venta financiada en cuotas».
Además, el secretario de Comercio, Miguel Braun, recordó que “cualquier incumplimiento, que sea detectado por cualquier inspector de Defensa del Consumidor o por algún consumidor”, será severamente penado. Para ello “se podrá hacer la denuncia a la Dirección de Nacional de Defensa del Consumidor, a través del número 0800-666-1518, y se podrán aplicar multas de acuerdo a la ley de Defensa del Consumidor y de la ley de Lealtad Comercial de hasta cinco millones de pesos”, según advirtió.
Finalmente, destacó que según estimaciones del Banco Central, “se podría esperar una reducción de precios de entre 15 y 20%”, al eliminarse el valor del financiamiento que está incluido en los precios.

Para mayor información, ingresar a la Resolución 51 – E

Información proporcionada por Comunicaciones FEDECOM – Foto ilustrativa extraida de Infobae.com

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